Gestiones con empresas energéticas

1.- ¿Cómo cambiar el titular del servicio en el contrato de la luz?

2.- ¿Cómo seleccionar la potencia más ajustada para el suministro de luz de hogar o negocio .?

3.- ¿Cómo se dan de alta los servicios básicos de luz y gas de la vivienda?



1.- Cómo cambiar el titular del servicio en el contrato de la luz

Fuente: Selectra

A la hora de cambiar de domicilio, nos encontramos ante una situación poco habitual, donde se deben realizar muchas gestiones importantes en un plazo de tiempo reducido.

Entre estas tareas que se deben llevar a cabo, destacamos la de contar de manera rápida con los servicios mínimos de la vivienda.
Cuando la vivienda que se ha adquirido en propiedad se trata de una construcción de obra nueva, se deben dar de alta los suministros, pero en el caso de que la casa contase con otros propietarios de manera previa, lo más normal es que los servicios de la vivienda ya hayan permanecido activos con anterioridad, en cuyo caso se debe llevar a cabo un cambio de titularidad de los mismos.
Los servicios mínimos incluyen la luz, el gas y el agua, sin embargo, en esta entrada, nos enfocaremos en tratar el tema de cambiar el nombre del servicio de luz, hablando acerca del procedimiento que se debe seguir para ello, de los medios de contacto disponibles y los plazos que se deben esperar para que se tramite este cambio

¿Cómo proceder a cambiar el titular del servicio de luz de una vivienda?

En el momento que se procede a llevar a cabo el cambio de titular de la luz, la persona que desde el momento del cambio será responsable del suministro, comenzará a figurar como titular, siendo necesario que para ello contacte con la empresa de suministro eléctrico y entregue los siguientes documentos:
● Documentación identificativa de la persona que comenzará a ser el titular del servicio de luz para ese punto de suministro y que demanda el cambio.
● Documentación identificativa de la persona que deja de figurar como titular del servicio eléctrico.
● La persona que comience a figurar como titular, deberá entregar un número de cuenta bancaria asociada a él, en la cual se domiciliarán los gastos asociados a este servicio.
● Se deberá aportar el contrato legal en el que se acredite de manera fehaciente que el domicilio ha cambiado de propiedad.
● Se aportará el CUPS de la instalación eléctrica.
● Se deberá seleccionar, de manera previa, la tarifa de la que se desea disponer para instalación, para lo que se recomienda un estudio previo de las oportunidades existentes.
● Se indicará también aquella potencia eléctrica de la que se desea disponer en la vivienda, para lo que también se recomienda un estudio previo, pues representa un coste fijo en las facturas eléctricas.
Una vez validada la información entregada, se llevará a cabo el cambio de titularidad demandado, para lo que se debe esperar entre uno y veinte días desde que se valida la información y se aprueba el cambio.
El usuario que demande el cambio de nombre, no tendrá que pagar nada por llevar a cabo esta gestión.


 El contacto con la eléctrica, ¿cómo puedo hacerlo?


Para iniciar el cambio de titularidad del servicio de luz, debemos establecer contacto con la empresa eléctrica, para este trámite, podemos recurrir a distintos medios de contacto, que variarán dependiendo de la empresa eléctrica, por ejemplo, para cambiar el titular con Iberdrola, podremos hacerlo de manera física en las oficinas de la empresa, podremos llamar a las distintas líneas de teléfono habilitadas por la empresa o a través de la página web.
Lo cierto, es que cada compañía dispone de unos medios habilitados, por lo que no en todos los casos dispondremos de estos tres medios de contacto, por lo que se debe consultar a la compañía de qué medios dispone.


¿Cuáles son las situaciones en las que debo cambiar el titular de este servicio?
Este trámite se gestiona en el momento en el que se cambia de domicilio, sin embargo, podemos encontrar una serie de situaciones en las que esta gestión se vuelve obligatoria, siendo estas las siguientes:
● Cuando cambia la posesión de la vivienda, es decir, se ha llevado a cabo una compraventa del inmueble.
● Cuando la persona encargada del suministro de luz, fallece, ante estos casos un familiar debe ser el encargado de cambiar el titular del servicio, pudiendo dar de baja este una vez se haya cambiado la responsabilidad.
● Cuando un alquilado demanda cambios en las condiciones del contrato, para lo que debe entregar el documento del contrato de alquiler.
● Cuando se da el caso de que existen dos titulares que son matrimonio y estos se divorcian, se debe dejar como titular a uno de ellos, generalmente quien permanece en la vivienda.



2.- Cómo seleccionar la potencia más ajustada para el suministro de luz de hogar o negocio .

Fuente : Selectra


A la hora de formalizar el contrato de suministro eléctrico en una vivienda o negocio , son muchos los factores que determinarán el precio de las facturas de la luz, ya que esta dependerá del precio a pagar por la energía, el consumo realizado, los descuentos aplicados y de la potencia eléctrica que se tenga contratada para la instalación.


Entre estos puntos, uno que cobra especial importancia a la hora de gestionar el alta de un contrato de luz, es la correcta selección de la potencia necesaria para el suministro, pues esta marca la capacidad máxima de suministro de la instalación, a la vez que determina un coste fijo en las facturas del propio suministro eléctrico.


Debido a la gran importancia que cobra el concepto de la potencia contratada dentro del suministro eléctrico, en esta entrada, definiremos los aspectos más importantes de la potencia eléctrica, las formas y métodos que existen para su correcto cálculo y del procedimiento que se debe seguir cuando se quiere modificar la potencia del contrato eléctrico.


¿Qué debemos conocer de la potencia contratada en una instalación?

Al hablar acerca de la potencia eléctrica de la que dispone una instalación, nos referimos a la capacidad que presenta esa instalación, como máximo, de suministro de energía en un momento puntual, es decir, la energía que como máximo podrá aportar esa instalación en un momento determinado de tiempo.
Esta potencia, lo que hace, es marcar el número máximo de elementos electrónicos que pueden ser abastecidos a la vez por la misma fuente de energía, sin que su utilización simultánea produzca fallos en el suministro general debido a sobrecargas del sistema.
La medición de la potencia eléctrica se realiza en kilovatios, que de manera general aparecen abreviados en la forma de kW.
La potencia que se tiene estipulada en un contrato, además de la importancia en el suministro, también tendrá un importante peso en las facturas de luz, puesto que esta representa un gasto fijo en todas las facturas eléctricas, pese a que en el periodo de facturación, no exista ningún consumo real de energía eléctrica, de manera que cuanta mayor es la potencia disponible, mayor será el coste fijo en la factura.
De esta manera podemos afirmar que el elemento de la potencia marca las capacidades máximas de suministro en un momento puntual, a la vez que condiciona el coste mensual de las facturas de manera directa


¿En base a qué elementos se debe fijar la potencia de un contrato?
La selección de la potencia contratada se debe hacer en base a las necesidades propias e individuales de la vivienda en cuestión, sin embargo, en los casos en los que no se tenga claro qué potencia contratar para un inmueble, existen ciertos elementos que ayudan a tomar esta decisión de manera más sencilla, para lo cual debemos fijarnos en:
● El número de personas que, habitualmente, conviven en el mismo domicilio, ya que al permanecer en la misma vivienda, son suministrados por la misma instalación eléctrica, incluyéndose, en muchos casos, consumos simultáneos.
● La cantidad de metros cuadrados de los que dispone la vivienda, puesto que a mayor cantidad de estos, mayores necesidades (por norma general) de consumo.
● El tipo de aparatos eléctricos y electrónicos presentes en la vivienda, además de su número, puesto que es esta maquinaria la que mayor cantidad de energía eléctrica demanda en una vivienda.
● La presencia de maquinaria que suponga grandes consumos de luz, como puede ser el caso de los aparatos de aire acondicionado o las calefacciones eléctricas, pues el simple uso de estos aparatos ya supone una gran necesidad de energía, por lo que si se combinan con más aparatos de manera simultánea, las necesidades aumentarán.


¿Cómo se procede a cambiar una potencia mal ajustada en el contrato?
Se puede dar el caso, de que a la hora de contratar el servicio de luz en una vivienda, se seleccione una potencia poco acorde a las demandas de energía reales, por lo que, o bien se tiene una potencia excesiva que se traduce en un gran gasto innecesario, o bien se dispone de una potencia escasa que provoca micro cortes del suministro en los picos de demanda energética.
En los casos en los que sea necesaria una modificación de la potencia fijada en un contrato, esta se podrá llevar a cabo; tanto aumentar la potencia contratada, como bajar la potencia contratada, sin embargo, se debe haber esperado al menos un año desde que se oficializó el contrato en vigor y además, se deben presentar una serie de documentos necesarios:
● El código CUPS eléctrico de la instalación.
● La potencia de la que se dispone en el contrato actualmente y la potencia demandada tras el cambio, indicando siempre una potencia que sea admitida por la instalación.
Consúltenos su caso



3.- ¿Cómo se dan de alta los servicios básicos de luz y gas de la vivienda?


Uno de los puntos más importantes a la hora de cambiar de vivienda, entre las muchas gestiones que se deben llevar a cabo para poder hacer uso y disfrute de la nueva casa desde el primer momento con todas las comodidades, es el hecho de poder contar desde el primer momento con los servicios básicos de luz y gas activos.
En este artículo, desde Selectra, hablaremos acerca del procedimiento que se debe seguir para solicitar la activación tanto del servicio de luz como del servicio de gas, tratando tanto la documentación que se debe aportar, como los pasos a seguir para la activación.


Documentos y pasos a seguir para solicitar el alta de gas natural

Para proceder a activar el suministro de gas en una vivienda o local, el primer paso a dar es comprobar que esta vivienda o local cuenta con acceso a la distribución ofrecida por la red general de suministro de este elemento, pues si se da el caso de que no exista este acceso, no podremos solicitar el alta de gas.
Una vez se ha verificado que se cuenta con el acceso, podremos proceder a indagar en el mercado energético de gas, donde, conociendo las necesidades de la vivienda, se podrá buscar la compañía que ofrezca la tarifa de gas más barata en relación con las necesidades presentadas.
Una vez se ha tomado la decisión, se deberá aportar la siguiente documentación de manera obligatoria:
Documentación y medio de contacto de la persona que demanda el servicio de gas, que comenzará a ser el titular del servicio.
Este titular deberá aportar su documentación bancaria para que la empresa efectúe los cobros del servicio.
Se deberá indicar cuál es la dirección de la vivienda donde se va a dar el alta.
Se aportará el CUPS de la instalación, que se trata de un código numérico único.
Para contactar con la empresa seleccionada, disponemos de varios modos, que variarán dependiendo de la empresa escogida, así, por ejemplo, en el caso de Iberdrola, podremos llamar al teléfono de Iberdrola, tramitar el alta por internet, o también, podremos acudir a alguna de sus oficinas físicas.
Una vez entregados y aprobados estos documentos, la empresa encargada de la distribución del gas en ese área, asignará la que considere la tarifa de acceso al gas más acorde a los consumos de gas futuros anuales, pudiendo dar como resultado una de las siguientes tarifas de acceso:
Para estimaciones de consumo que no superen los 5000 kWh de manera anual, se aplicará la menor tarifa, la RL1.
Para estimaciones de consumo que se encuentren entre los 5000 kWh y los 15000 kWh se aplicará la intermedia, la RL2.
Para estimaciones superiores a estos valores, pero que no superen los 50000 kWh, se aplicará la máxima, la RL3.
La activación del servicio de gas tardará en hacerse efectiva un plazo comprendido entre los cinco días como mínimo y los siete días como máximo, cobrándose el coste del alta en la primera factura asociada al suministro que se presente.
El precio de la activación del servicio de gas supondrá un mínimo en los casos más económicos de 72 euros y un máximo de 235 euros en los casos menos económicos, dependiendo de dos factores; la tarifa de acceso asignada para la instalación y la comunidad autónoma donde se lleve a cabo el alta.


Documentos y pasos a seguir para solicitar el alta de la luz
El primer paso a dar para solicitar este alta, es comparar las distintas tarifas ofrecidas por el mercado eléctrico en el momento de gestionar el contrato de alta de luz.


A la hora de gestionar el alta, podremos incluir el contrato dentro de dos mercados energéticos distintos; el mercado libre y el mercado regulado, cuya diferencia más elemental reside en el número de opciones disponibles para contratar.


Mientras que dentro del mercado libre encontraremos una gran variedad de ofertas distintas por parte de las empresas, en el mercado regulado de luz, únicamente podremos contratar la PVPC, que se trata de una tarifa única para todos los clientes, donde el precio a pagar por la electricidad se divide en franjas horarias de luz y cada hora del día presenta un precio diferente para la energía. Existiendo tres tramos diferenciados: el tramo punta (el tramo más caro), el tramo valle (el precio más económico) y el tramo llano(un precio medio).


Para proceder a activar el suministro de luz en una vivienda o local, la información a aportar es bastante similar a la necesaria para el alta de gas natural, siendo los documentos necesarios los que se comentan a continuación:

  • Documentación y medio de contacto de la persona que demanda el servicio de luz, que comenzará a ser el titular del servicio.
  • Este titular deberá aportar su documentación bancaria para que la empresa efectúe los cobros del servicio.
  • Se deberá indicar cuál es la dirección de la vivienda donde se va a dar el alta.
  • Se aportará el CUPS eléctrico en este caso de la instalación, que se trata de un código numérico único.
  • En el contrato de luz, debe aparecer reflejada además, la potencia eléctrica de la que se desea disponer en la instalación, eligiendo siempre un valor que sea aceptado por la propia instalación.

Cuando se ha decidido la opción más interesante para llevar a cabo el contrato eléctrico y se ha entregado la documentación pertinente, se firmará el contrato, que validará de manera posterior la empresa distribuidora de luz, una vez aceptado por esta, entre los siguientes cinco y siete días se activará el servicio eléctrico.
Los costes que conlleva el alta, se trasladan de igual manera a la primera factura del suministro de luz, siendo estos:
Derechos de extensión del servicio eléctrico.
Derechos de enganche a la red.
Derechos de acceso al servicio eléctrico.